· Pasaporte válido (tener en cuenta que algunos países exigen una validez mínima de 6 meses a la fecha de regreso del viaje.)
· Visas
· Doc. Argentino: Cédula de Identidad del Mercosur o D.N.I.*
· Permiso de padre y madre otorgado según la nueva reglamentación de la Dirección Nacional de Migraciones.
· Libreta de casamiento o partida de nacimiento de los menores en el caso que viajen con ambos padres.
· Informacion de Pasajes aéreos electronicos, impresos.
· Cupones para servicios terrestres.
· Seguro médico y/o de equipaje. Asistencia al viajero.
· Licencia de conductor válida (Argentina e Internacional en el caso de viajar a Europa)
· Tarjeta de crédito válida en el exterior.
· Vacunas o medicina especial (algunos países lo requieren, consultar)
Nueva Disposicion Visa Waiver Usa:
Los viajeros internacionales que viajaban a/o via Estados Unidos bajo el Programa de exención de visa ahora estan sujetos a una ampliacion de los requerimientos de seguridad. Deben presentar una solicitud, via mail, para obtener la autorizacion. Vigencia a partir del 12 de enero 2009. Dicha registracion debe hacerse al menos tres dias antes de la fecha de viaje -
Validez de documentos
Documento Nacional de Identidad: no tiene vencimiento*
Pasaporte Argentino: 5 ańos
* Los documentos deben estar en buenas condiciones: Tener sus tapas y hojas firmemente adheridas, legibles todos los datos, tanto los escritos como aquellos perforados, las fotografías correctamente adheridas y conservar aquellos elementos que se vinculan con el documento (impresiones digitales, sellos, firmas, fotografías).
Las cédulas de identidad de la Policía Federal anteriores a las cédulas del MERCOSUR y libretas cívicas / de enrolamiento no tienen vencimiento para viajar dentro de la Argentina. Para el exterior solo se puede viajar con la cédula del MERCOSUR válida o DNI cuyas fotos deben guardar relación con la fisonomía actual.
Ni mayores ni menores de edad podrán viajar con la constancia de documento en trámite.
Los nińos de 8 años ya cumplidos deben tener el DNI renovado.
AUTORIZACIONES - DOCUMENTACION PARA MENORES DE EDAD AL VIAJAR
Si viajan solos:
Menores de 21 y mayores de 14 ańos: autorización del padre y de la madre certificada ante escribano público, tribunales y/o juez de paz.
Menores de 14 ańos: autorización del padre y de la madre certificada ante escribano público, tribunales y/o juez de paz, en el cual debe constar además: Lugar de destino / Datos de la persona que lo recibirá
Menores de 6 ańos: autorización del padre y de la madre certificada ante escribano público, tribunales y/o juez de paz, en el cual debe constar además: Lugar de destino / Datos de la persona que lo recibirá
Dicho permiso deberá estar inscripto en el registro de migraciones.
Si viajan acompańados por un tercero, que no son los padres:
Menores de 21 y mayores de 18 ańos: autorización del padre y de la madre certificada ante escribano público, tribunales y/o juez de paz.
Menores de 18 ańos: autorización del padre y de la madre certificada ante escribano público, tribunales y/o juez de paz, en el cual debe especificarse: Datos de la persona que lo acompańa / Lugar de destino
Menores de 6 ańos: autorización del padre y de la madre certificada ante escribano público, tribunales y/ o juez de paz, en el cual debe especificarse: Datos de la persona que lo acompańa / Lugar de destino
Dicho permiso deberá estar inscripto en el registro de migraciones
En el caso de viajar con ambos padres, deberán llevar consigo la partida de nacimiento y/o libreta de matrimonio de los padres donde figure su nacimiento.
Si viajaran con un solo progenitor, deberán presentar el permiso del progenitor que no viaja y portar la partida de nacimiento y/o libreta de matrimonio de los padres donde figure su nacimiento.
Si viajara con un progenitor y el menor fuera hijo de padre o madre viuda, deberán portar la partida de nacimiento y/o libreta de matrimonio de los padres donde figure su nacimiento y la partida de defunción del progenitor fallecido.
Si viajara con la madre y fuese hijo de madre soltera, padre no reconocido, deberá portar la partida de nacimiento.
IMPORTANTE: Todas las autorizaciones serán efectuadas ante escribanos, jueces, oficinas del registro nacional de las personas o Cónsul Argentino en caso de residir en el exterior, deben ser legalizadas.